Según se informa, será de 44 años salvo prescripción médica en contrario y de 51 años cuando los óvulos hayan sido donados.
De acuerdo con la resolución 1044/2018 del Boletín Oficial, el Ministerio de Salud comunicó «que todo tratamiento de reproducción médicamente asistida con óvulos propios se realizará a mujer de hasta 44 años al momento de acceder a dicho tratamiento, salvo prescripción médica en contrario».
Además, desde la cartera de Salud señalaron que hay una «creciente disminución del éxito en los Técnicas de Reproducción Humana Asistida (TRHA) a medida que avanza la edad de la mujer».
La edad para acceder al tratamiento se extiende cuando los óvulos fueron donados, dado que en estos casos «se realizará a mujeres de hasta 51 años al momento de acceder a dicho tratamiento». Desde la entidad, aclararon también qué sucede cuando la mujer «congela» embriones para preservarlos. Así, establecieron que «para el supuesto de que la mujer de entre 44 y 51 años hubiera criopreservado sus propios óvulos antes de cumplir 44 años, podrá realizar cualquier tratamiento de reproducción médicamente asistida con dichos óvulos propios criopreservados».
Finalmente, en la resolución 1045/2018 del Boletín Oficial se estableció que «todo medicamento aplicado a cualquier tratamiento de reproducción médicamente asistida, previsto por la Ley Nº 26.862, deberá ser brindado con cobertura al 100% por los agentes» contemplados por dicha ley. Esta ley de «acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida», entre otras cosas, determina que se debe cubrir «la necesidad de ser madres o padres a aquellas personas que no pueden procrear por medios naturales».
Fuente: diario La Nación
Imagen: http://fecundart.org/wp/ley-de-fertilizacion-asistida-claves-de-una-ley-reparadora-de-ilusiones/