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sábado, febrero 1, 2025
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Proceso de desmanicomialización en salud mental

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Autores

Lic. Marcelo Luis Nuñez, Lic. José Arellano, Lic. Marcela Graciela Soria, Lic. Nora Lauriano.

Dirección de tesis:

Lic. Mariela Hossen, Lic. Andrea Muzzupappa

Problema

¿Cuáles son los conocimientos que tienen los enfermeros del turno SADOFE del Hospital Monovalente XX de CABA sobre la Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657/13 respecto de los beneficios en la implementación en los pacientes externados en los meses de Junio y Julio del año 2019?

Objetivo General:

Establecer los conocimientos que tienen los enfermeros del turno SADOFE del Hospital Monovalente XX de CABA sobre la Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657/13 respecto de los beneficios en la implementación en los pacientes externados en los meses de Junio y Julio del año 2019.

Objetivo Especifico:

  • Reconocer los documentos marcos de referencia, se propiciaron en la implementación de la Ley Nacional de Salud Mental N° 26657/13.
  • Determinar qué conocimiento tienen los enfermeros sobre la Ley Nacional de Salud Mental N°26657/13 y sus derechos de las personas con padecimiento mental.
  • Establecer los beneficios de la atención del enfermo mental en el hospital general.
  • Conocer el rol de enfermería en Salud Mental Comunitaria

INTRODUCCION

Si en todo caso aceptamos llamar enfermedad a sus padecimientos la relación institucional que propone la psiquiatría está lejos de permitir su curación. En todo caso la solución psiquiátrica es patológica. E. Galende.1

La internación genera toda pérdida de contacto con la sociedad generando desadaptación y pérdida e indiferencia de los lazos sociales llevando a la claudicación de la solidaridad de todos nosotros F Ulloa ; El enfoque de derecho posibilitando la accesibilidad y la disponibilidad de todos sus recursos apuntando a la integración social y disminuyendo la discriminación fortaleciendo los dispositivos comunitarios donde la opción no sea referenciarse siempre con el Hospital Monovalente de psiquiatría, creando dispositivos que posibiliten una atención de calidad, continua, con recursos calificados ayudando a sostener al usuario y sus familiares en entornos comunitarios evitando recaídas.

Aspectos legales de la internación en salud mental

La internación de una persona con trastorno de salud mental tiene connotaciones totalmente diferentes a las internaciones por cualquier otro motivo de salud. Partimos de que el paciente muchas veces no tiene conciencia de enfermedad, no tiene conciencia de situación y el juicio esta desviado.

El primer objetivo de una internación involuntaria en un contexto psicopatológico es reducir al máximo la posibilidad  de daño propiciando el derecho a la vida y a la salud que tienen todas las personas que transitan por el territorio nacional, el segundo objetivo no sólo tratar la enfermedad sino atender las demandas psicosociales a y el tercer objetivo construir entornos laborales colaborativos eficientes con menor riesgo donde el desafío será mejorar la tolerancia entre disciplina. No olvidemos que la internación es una medida de protección al usuario y de su entorno, y que si bien puede ser restrictiva y confrontar con otro derecho que está contemplado art.  59 CC y C se presiente del consentimiento de la persona por interpretar el ESM el usuario presenta riesgo real cierto inminente (aquí y ahora) no puede comprender o dar el consentimiento. Podemos citar la definición de Salud mental que contempla Ley 26657 /2010 y su conformación de equipo.

ARTICULO 3° — En el marco de la presente ley se reconoce a la salud mental como un proceso determinado por componentes históricos, socio-económicos, culturales, biológicos y psicológicos, cuya preservación y mejoramiento implica una dinámica de construcción social vinculada a la concreción de los derechos humanos y sociales de toda persona.

Se debe partir de la presunción de capacidad de todas las personas.

En ningún caso puede hacerse diagnóstico en el campo de la salud mental sobre la base exclusiva de:

  1. a) Status político, socio-económico, pertenencia a un grupo cultural, racial o religioso;
  2. b) Demandas familiares, laborales, falta de conformidad o adecuación con valores morales, sociales, culturales, políticos o creencias religiosas prevalecientes en la comunidad donde vive la persona;
  3. c) Elección o identidad sexual;
  4. d) La mera existencia de antecedentes de tratamiento u hospitalización.

Como también hace referencia a los Derechos de los Usuarios de Salud Mental .

Derechos de las personas con padecimiento mental

ARTICULO 7° — El Estado reconoce a las personas con padecimiento mental los siguientes derechos:

  1. a) Derecho a recibir atención sanitaria y social integral y humanizada, a partir del acceso gratuito, igualitario y equitativo a las prestaciones e insumos necesarios, con el objeto de asegurar la recuperación y preservación de su salud;
  2. b) Derecho a conocer y preservar su identidad, sus grupos de pertenencia, su genealogía y su historia;
  3. c) Derecho a recibir una atención basada en fundamentos científicos ajustados a principios éticos;
  4. d) Derecho a recibir tratamiento y a ser tratado con la alternativa terapéutica más conveniente, que menos restrinja sus derechos y libertades, promoviendo la integración familiar, laboral y comunitaria;
  5. e) Derecho a ser acompañado antes, durante y luego del tratamiento por sus familiares, otros afectos o a quien la persona con padecimiento mental designe;
  6. f) Derecho a recibir o rechazar asistencia o auxilio espiritual o religioso;
  7. g) Derecho del asistido, su abogado, un familiar, o allegado que éste designe, a acceder a sus antecedentes familiares, fichas e historias clínicas;
  8. h) Derecho a que en el caso de internación involuntaria o voluntaria prolongada, las condiciones de la misma sean supervisadas periódicamente por el órgano de revisión;
  9. i) Derecho a no ser identificado ni discriminado por un padecimiento mental actual o pasado;
  10. j) Derecho a ser informado de manera adecuada y comprensible de los derechos que lo asisten, y de todo lo inherente a su salud y tratamiento, según las normas del consentimiento informado, incluyendo las alternativas para su atención, que en el caso de no ser comprendidas por el paciente se comunicarán a los familiares, tutores o representantes legales;
  11. k) Derecho a poder tomar decisiones relacionadas con su atención y su tratamiento dentro de sus posibilidades;
  12. l) Derecho a recibir un tratamiento personalizado en un ambiente apto con resguardo de su intimidad, siendo reconocido siempre como sujeto de derecho, con el pleno respeto de su vida privada y libertad de comunicación;
  13. m) Derecho a no ser objeto de investigaciones clínicas ni tratamientos experimentales sin un consentimiento fehaciente;
  14. n) Derecho a que el padecimiento mental no sea considerado un estado inmodificable;
  15. o) Derecho a no ser sometido a trabajos forzados;
  16. p) Derecho a recibir una justa compensación por su tarea en caso de participar de actividades encuadradas como laborterapia o trabajos comunitarios, que impliquen producción de objetos, obras o servicios que luego sean comercializados.

Como así la conformación del equipo básico de SM .

ARTICULO 8° — Debe promoverse que la atención en salud mental esté a cargo de un equipo interdisciplinario integrado por profesionales, técnicos y otros trabajadores capacitados con la debida acreditación de la autoridad competente. Se incluyen las áreas de psicología, psiquiatría, trabajo social, enfermería, terapia ocupacional y otras disciplinas o campos pertinentes.

 Como así la internación

ARTICULO 20. — La internación involuntaria de una persona debe concebirse como recurso terapéutico excepcional en caso de que no sean posibles los abordajes ambulatorios, y sólo podrá realizarse cuando a criterio del equipo de salud mediare situación de riesgo cierto e inminente para sí o para terceros. Para que proceda la internación involuntaria, además de los requisitos comunes a toda internación, debe hacerse constar:

  1. a) Dictamen profesional del servicio asistencial que realice la internación. Se debe determinar la situación de riesgo cierto e inminente a que hace referencia el primer párrafo de este artículo, con la firma de dos profesionales de diferentes disciplinas, que no tengan relación de parentesco, amistad o vínculos económicos con la persona, uno de los cuales deberá ser psicólogo o médico psiquiatra;
  2. b) Ausencia de otra alternativa eficaz para su tratamiento;
  3. c) Informe acerca de las instancias previas implementadas si las hubiera.

Como así también la prohibición de nuevos manicomios

ARTICULO 27. — Queda prohibida por la presente ley la creación de nuevos manicomios, neuropsiquiátricos o instituciones de internación monovalentes, públicos o privados. En el caso de los ya existentes se deben adaptar a los objetivos y principios expuestos, hasta su sustitución definitiva por los dispositivos alternativos. Esta adaptación y sustitución en ningún caso puede significar reducción de personal ni merma en los derechos adquiridos de los mismos.

Principios rectores del proceso de desinstitucionalización desmanicomialización

 1- Atender y reintegrar a la persona con TMS en su medio habitual.

2- Incluir la SM en el sistema general de salud, con igual jerarquía administrativa que las cuatro especialidades básicas del sistema (medicina general, pediatría, obstetricia y cirugía).

3- Desarrollar un enfoque integral de la salud y de la SM.

4- Implementar estrategias de intervención por medio del trabajo en equipo. Un único equipo, asignado a un territorio y una determinada población, será responsable operativa de los tres niveles de prevención en salud.

5- Descentralizar la atención del hospital psiquiátrico hacia los hospitales generales incluye descentralizar especialidades.

6- Rescatar los recursos de salud individual y comunitaria, lo que significa la promoción de capacidades para el autocuidado y los cuidados informales y la activación / creación de asociaciones civiles de usuarios y familiares grupo de autoayudas y redes solidarias.

7- Diseminar conocimiento científico técnico para que otros actores sociales relevantes, entre ellos usuarios y familiares posean instrumento para la atención y reintegración a la comunidad de personas con TMS prescindiendo de la referencias automáticas a especialistas e instituciones.

8- Identificar y facilitar la satisfacción de las necesidades básicas del usuario , desde una práctica intersectorial.

9- Promover una nueva cultura de la salud mental que configure una nueva imagen social del TMS y fomente nuevas prácticas que modifiquen la demanda social de encierro, y los conceptos de peligrosidad y cronicidad.

10- Intervenir en el plano técnico, político y social.

  • Diferencias teóricas entre el modelo médico y el modelo enfermero
Modelo Médico  Modelo Enfermero
Estudia las enfermedades Estudia el proceso salud
Busca la etiología Atiende a diferentes factores causales concurrentes
Dirigido a la enfermedad Dirigido a la persona en sentido holístico
Se refiere al tratamiento de la enfermedad Proporciona cuidados para promocionar la salud
Pretende la curación Atiende a las necesidades

 

 Marco conceptual de enfermería en salud mental comunitaria

 En la actualidad disponemos de abundante bibliografía sobre el modelo de enfermería de V. Henderson.

Muchos de los trabajos publicados han profundizado y ampliado sus teorizaciones; sin embargo, vamos a optar por acudir a la fuente original para describir el modelo.

Esta autora fue una pionera en el intento de diferenciar la aportación exclusiva que las enfermeros/as realizamos de manera independiente a la salud de los ciudadanos, anteponiéndose a la era moderna en que se produce la eclosión de descripciones de modelos y teorías de enfermería, pues ya en la década de los años 50 publicó por primera vez su definición de la función propia del enfermero.

Con toda justicia se puede decir, sobre todo si resaltamos que esta definición data de 1955, que resulta admirable la claridad de la conceptualización, además de que abarca e incluye todos los aspectos y ámbitos del trabajo profesional.

La concepción de la enfermería que en ella se contiene mantiene su vigencia y ha contribuido de manera preponderante a la profundización y al desarrollo de la identidad profesional.

Quienes asumimos como marco teórico de nuestro trabajo sus conceptos, tanto de la función enfermero como del entendimiento del ser humano y sus necesidades fundamentales, valoramos la necesidad de ayuda en todas las actividades cotidianas como una tarea propia.

Así pues, la función exclusiva del enfermero, según este modelo, consiste en proveer cuidados de salud permanentes a las personas para satisfacer sus necesidades físicas, emocionales, mentales y espirituales, de acuerdo con el listado de las 14 necesidades fundamentales.

Puede parecer que es desmembrar al sujeto estudiarlo y valorarlo según estos 14 apartados, y que se pierde el sentido de la globalidad humana. Sin embargo V. Henderson plantea que aplaude el enfoque integral, pero que “las funciones específicas, actividades diarias u objetivos deben identificarse y estudiarse antes de que podamos reconocer las necesidades de la persona globalmente”.

La autora insiste en la complejidad de la labor de la Enfermería, diciendo, además, que “los Enfermeros/as deben, de alguna forma, ponerse en la piel de cada paciente para conocer que clase de ayuda necesita de ellos. El Enfermero es transitoriamente la conciencia del lnconsciente, el amor a la vida del suicida, la pierna del amputado…”. Lo que nos confiere un campo de responsabilidades propio, en los cuidados de la salud.

Diseño Metodológico 

La metodología consiste en la realización de un estudio cuantitativo  descriptivo y de corte transversal.

Porque se analizan variables en un tiempo establecido; El trabajo de campo  consiste en utilizar un instrumento de recolección de datos repartirlo a los Enfermeros del turno de franqueros que desempeñan tareas asistenciales  intentando indagar o dar cuenta sobre el conocimiento que tienen sobre la Ley de Salud Mental y los beneficios que llevaría en la implementación en una asistencia con enfoque de derecho en un Hospital General, descriptivo ya que se realiza un análisis y descripción de los datos obtenido en la encuesta.

 Área de Estudio

 Se realizó una investigación sobre conocimiento que tienen los Enfermeros del Hospital Monovalente de Salud Mental dependiente del MS de la CABA.

Población:

El universo de nuestra son 420 (100%), serán los Enfermeros del Hospital Monovalente dependiente de la MS de CABA

Muestra:

Son los Enfermeros del turno tranqueros 51 el (12% del total  ) turno de SADOFE.

TABLA 4: Lugar de residencia 

Lugar de Residencia F  %
CABA 22 43
Provincia Bs. As. 29 57
Total  51  100

 

Fuente: Instrumento anónimo con fines académicos realizados en los meses de Junio, Julio  del 2019.

Gráfico: 4 Lugar de Residencia 

 Fuente: Instrumento anónimo con fines académicos realizados en los meses de Junio, Julio  del 2019.

 TABLA: 5 Conocimiento sobre derechos del paciente de SM

Conocimientos sobre los DD del Paciente de SM F %
SI Conoce 20 40
No Conoce 27 53
Muy Poco 4 7
Escucho Hablar 0 0
Total 51 100

 

Fuente: Instrumento anónimo con fines académicos realizados en los meses de Junio, Julio  del 2019.

Gráfico: 5 Conocimiento sobre derechos del paciente de SM

 Fuente: Instrumento anónimo con fines académicos realizados en los meses de Junio, Julio  del 2019.

 TABLA: 6 Conocimiento para la Ley de Salud Mental N° 26.657 del Jurisdicción Nacional

Marco Jurídico Conocimiento F %
Ley  448 35 67
Ley  24.004 6 12
Ley  26.657 10 21
Total 51 100

 

Fuente: Instrumento anónimo con fines académicos realizados en los meses de Junio, Julio  del 2019.

Gráfico: 6 Conocimiento para la Ley de Salud Mental N° 26.657 del Jurisdicción Nacional

Fuente: Instrumento anónimo con fines académicos realizados en los meses de Junio, Julio del 2019 .

CONCLUSIÓN

 El presente trabajo de acreditación de Tesis en la Especialización en Enfermería Legal realizada, después de haber aprobado todas las materias de la curricular, me propuse a indagar sobre el conocimiento que tienen los enfermeros del hospital XX el marco jurídicos del propio campo y los beneficios en la atención del enfermo mental en los dispositivos de atención en el hospital general en un determinado perÍodo.

Se llegó a la siguiente conclusión: que el personal de Enfermería no tiene especialidad que contempla la resolución 199/11 Enfermería en Psiquiatría y Salud Mental, la mayoría del personal encuestado supera la estabilidad laboral con 15 años en el ejercicio de función y/o antigüedad laboral.

Los derechos del paciente y el consentimiento informado ante una crisis quedan relegados a la expresión de un impedimento a la hora de prestar cuidados con enfoque de derecho.

Se pudo dar cuenta que la mayoría conoce la ley del ejercicio profesional, pero tiene poca formación y difusión en la ley Nacional de Salud mental

Que la mayoría son enfermeros masculinos y los que viajan son mujeres domiciliadas a la provincia de Buenos Aires.

Recomendaciones

Se sugiere al personal decisor de la gestión del hospital a trabajar para poder ampliar el intercambio de conocimientos con instituciones de formación de nivel terciario y universitario para poder establecer un perfil de enfermería en psiquiatría y salud mental según la resolución sobre las especialidades en enfermería y así mejorar la atención los recursos disponibles.

Trabajar en la investigación y capacitación continua en recursos humano acordes a las políticas públicas en salud mental según la acreditación que fijara la OMS /OPS para América latina indagando sobre temas, vinculados procedimientos para prevención de violencia interpersonal y la intervención en crisis con enfoques comunitarios

Bibliografía

 1Jorge  Rodríguez, Silvina Malvárez,  René González, Itzhak  Levav  Salud Mental en la Comunidad 2da. Edición  Series Paltex N° 49  OPS-OMS PAHO. Washington DC.

 2 Galende Emiliano “Conocimiento y práctica de Salud Mental” Editorial Lugar CABA , 2005. RA

 3 Gobierno de la Provincia de Rio Negro “La desmanicomielizacion en Rio Negro Vietma, 1991. RA

 4Programa de Salud Pública de la Provincia de Rio Negro, Programa de Salud Mental Vietma, 1985. RA

 5Cohen H. Lineamiento generales para el corto plazo. Misiones y funciones de un servicio de salud mental “Actividades e indicadores “MSP de la Pcia de Rio Negro, Programa de salud mental, Vietma, 1985. RA

 6Basaglia Franco “La Condena de ser loco y pobre, alternativas al manicomio” Editorial Topia CABA 2008 RA

 7Tamayo Bernabeu Dolores Tomo I y II Enfermería Psiquiatría y en Salud Mental Editorial Instituto Monsa SA Barcelona 2001.

 8Asumta Rigol Cuadra , Mercedes Ugalde Apalategui  Enfermería de Salud Mental y Psiquiatría 2da Edición Editorial Mason  Barcelona 2004.

 9Lizancos Francisco Megías , Serrano Parra Maria Dolores Enfermeria 21 Enfermeria en psiquiatría y salud mental Ediciones SA Balcelbaires  2014.

 10Marchant  Nestor F, Monchanblon Espinosa Manual de Psiquiatría Editorial Salerno CABA 2011. RA

11Constitución Nacional de la RA

 12Código Civil y Comercial RA

13Constitución de  Ciudad Autónoma de Buenos Aires  CABA RA

14Tratados de Derechos Humanos. ONU

15Principios de Brasilia. ONU

16Ley de los Derechos de Paciente N° 26529 /  RA

17Ley Nacional de Salud Mental 26657/13 con su decreto N°603 RA

18Ley del Ejercicio Profesional de Enfermería 24004/93  RA

 19Ley del Ejercicio Profesional de Enfermería 298 /04 CABA RA

 20Ley de Salud N°153/01  CABA RA

 22Ley de Salud Mental N° 448/00 CABA RA

 22Ley de Empleo Público N° 471 CABA RA

 23 Apunte de la Especialización en Enfermeria Legal – Instituto Superior de Educación para la Salud y el   Derecho  A – 1425  Año 2018 CABA.

 24 Apunte del Curso de Posgrado IRA Coordinador Docente del Área de Enfermería Lic. Marcelo Luis Nuñez Enfermero Asistencial del Hospital Psicoasistencial Interdisciplinario Dr.

José T. Borda CABA RA

 25 Jorge Escalante Compilador “Gestión de Servicios de Enfermería en Salud Mental en Argentina “Grupo Editor Tercer Mileño SA Año 2018 Buenos Aires  RA

  26Informe sobre la salud en el mundo 2001 – Salud mental: nuevos conocimientos, nuevas esperanzas Capítulo 3. “Resolver los problemas de la salud mental” En: http://www.who.int/whr/2001/en/whr01_ch3_es.pdf

27Amiguet, Lluís, “Benedetto Saraceno: «¡Abajo los muros de los manicomios!»” La Vanguardia, Barcelona. En: www.chile-hoy.de/sociedad/110300_salud_mental.htm